¿Tengo que darme de alta como autónomo para trabajar por internet?

¿Tengo que darme de alta como autónomo para trabajar por internet?

Si trabajas por internet de forma habitual y cobras por ello, en la gran mayoría de casos sí tienes que darte de alta como autónomo, aunque ganes poco. No existe una cifra mínima que te libre de forma automática: la idea de que «por debajo del salario mínimo no hace falta» viene de una sentencia antigua y hoy no sirve como regla general. Lo que decide es si tu actividad es habitual, y eso se valora caso por caso. A cambio, desde 2023 la cuota se calcula según lo que ganas de verdad, y quien empieza puede pagar una cuota reducida de 80 euros al mes durante el primer año. Te lo explicamos con detalle y con ejemplos.

Qué dice la ley: la clave es la habitualidad

La Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo y la Ley General de la Seguridad Social definen al autónomo como quien realiza una actividad económica a título lucrativo de forma habitual, personal y directa, por cuenta propia y sin estar sometido a la dirección de otra persona.

Trabajar por internet no cambia nada: da igual que tus clientes estén en Madrid o en Canadá, o que cobres por Fiverr, PayPal o transferencia. Si haces una actividad económica de forma continuada, el régimen que te corresponde es el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

El problema es que la ley no fija qué es exactamente «habitual». No dice «a partir de tantos encargos» ni «a partir de tantos euros». Por eso han sido los tribunales y la propia Seguridad Social quienes han ido marcando los criterios.

El mito del salario mínimo (SMI)

Es probable que hayas leído que, si ganas menos que el salario mínimo interprofesional al año, no tienes que darte de alta. Esta idea tiene un origen real, pero se ha simplificado mucho.

De dónde viene

En una sentencia de unificación de doctrina de 29 de octubre de 1997, el Tribunal Supremo consideró que superar el SMI anual con los ingresos de la actividad era un indicio válido para apreciar la habitualidad. Fue un criterio para un caso concreto, no una exención para todos. A partir de ahí se extendió la creencia de que por debajo de esa cifra no había obligación.

Por qué no te protege hoy

  • Era un indicio, no un umbral legal. Ninguna ley establece que por debajo del SMI no haya que darse de alta.
  • Los tribunales valoran el conjunto. Pronunciamientos posteriores del Supremo han insistido en que, con ingresos inferiores al SMI, la habitualidad no queda excluida y hay que mirar otros factores: si trabajas de forma continuada, si tienes web o perfil profesional, si anuncias tus servicios, si tienes clientes recurrentes…
  • El sistema de cotización actual cuenta con ingresos bajos. Desde 2023 la tabla de cuotas empieza en rendimientos de menos de 670 euros al mes. Si ganar poco eximiera del alta, ese tramo no tendría sentido.

Qué indicios mira la Seguridad Social

En la práctica, una inspección se fija en señales como estas:

  • Cobras por trabajos de forma repetida, no un encargo aislado.
  • Tienes un perfil activo en plataformas de freelance o una web donde ofreces servicios.
  • Facturas o cobras todos los meses, aunque sean cantidades pequeñas.
  • Dedicas un tiempo regular a esa actividad.

Ejemplo: Pablo, estudiante en Zaragoza, tradujo un documento para un conocido y cobró 150 euros una sola vez. Es difícil hablar de habitualidad. Su compañera Irene tiene un perfil en Fiverr con tres servicios activos y vende cada semana, aunque solo saca unos 400 euros al mes. Lo de Irene sí es una actividad habitual.

Cómo se calcula la cuota de autónomos en 2026

Desde 2023, la cuota depende de tus rendimientos netos: lo que ingresas menos los gastos de la actividad. El Gobierno prorrogó para 2026 las cuotas de 2025, y la Orden PJC/297/2026 desarrolla las bases de este año. El funcionamiento es este:

  1. Al darte de alta, haces una previsión de tus rendimientos netos mensuales.
  2. Según esa previsión, te corresponde un tramo, y eliges una base de cotización entre la mínima y la máxima de ese tramo.
  3. La cuota es esa base multiplicada por el tipo de cotización.
  4. Puedes cambiar de tramo varias veces al año si tus ingresos suben o bajan.
  5. Al año siguiente, cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales, la Seguridad Social regulariza: te devuelve si pagaste de más o te reclama la diferencia si pagaste de menos.

Tipo de cotización en 2026

Según la Seguridad Social, en 2026 el tipo del RETA se compone de un 28,30 % por contingencias comunes, un 1,30 % por contingencias profesionales, un 0,90 % por cese de actividad, un 0,10 % por formación profesional y un 0,90 % por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). En total, un 31,50 %.

Tabla de bases mínimas y cuota mínima aproximada

La cuota mínima de cada tramo es el resultado de aplicar el 31,50 % a la base mínima publicada por la Seguridad Social. Es una cifra aproximada: comprueba tu caso en el simulador oficial antes de darte de alta.

Tabla Rendimientos netos mensuales Base mínima (€) Cuota mínima aprox. (€/mes)
Reducida 1 Hasta 670 653,59 205,88
Reducida 2 Más de 670 hasta 900 718,95 226,47
Reducida 3 Más de 900 hasta 1.166,70 849,67 267,65
General 1 De 1.166,70 a 1.300 950,98 299,56
General 2 Más de 1.300 hasta 1.500 960,78 302,65
General 3 Más de 1.500 hasta 1.700 960,78 302,65
General 4 Más de 1.700 hasta 1.850 1.143,79 360,29
General 5 Más de 1.850 hasta 2.030 1.209,15 380,88
General 6 Más de 2.030 hasta 2.330 1.274,51 401,47
General 7 Más de 2.330 hasta 2.760 1.356,21 427,21
General 8 Más de 2.760 hasta 3.190 1.437,91 452,94
General 9 Más de 3.190 hasta 3.620 1.519,61 478,68
General 10 Más de 3.620 hasta 4.050 1.601,31 504,41
General 11 Más de 4.050 hasta 6.000 1.732,03 545,59
General 12 Más de 6.000 1.928,10 607,35

Los rendimientos netos para la Seguridad Social no son exactamente los de tu declaración de la renta: se suma la propia cuota de autónomo y se aplica una deducción por gastos genéricos. Un gestor o el simulador de la Seguridad Social te ayudarán a afinar el tramo.

Ejemplo: Irene, la de Fiverr, prevé unos rendimientos netos de 500 euros al mes. Le corresponde el primer tramo de la tabla reducida, con una cuota mínima de unos 206 euros. Pero como acaba de empezar, puede acogerse a la cuota reducida que explicamos a continuación.

La tarifa plana de 80 euros

La llamada tarifa plana es la cuota reducida por inicio de actividad que regula el artículo 38 ter de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.

  • Cuantía: 80 euros al mes, a los que se suma la cotización por el MEI, así que el cargo real queda algo por encima.
  • Duración: los primeros 12 meses de actividad.
  • Prórroga: otros 12 meses si tus rendimientos netos del primer año quedan por debajo del salario mínimo interprofesional anual. Hay que solicitarla; no se aplica sola.
  • Requisito principal: no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores (tres, si ya disfrutaste antes de esta reducción).
  • Colectivos con condiciones ampliadas: personas con discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo.

La cuota reducida se pide al tramitar el alta. Si se te olvida marcarla, puedes perderla.

Algunas comunidades autónomas y ayuntamientos tienen además ayudas propias que cubren parte de la cuota durante un tiempo. Consulta las de tu zona antes de darte de alta.

Cómo darte de alta paso a paso

  1. Alta en Hacienda con el modelo 036. Se presenta antes de empezar la actividad. Desde el 3 de febrero de 2025 ya no existe el modelo 037: toda la gestión censal se hace con el 036, que la Agencia Tributaria ha simplificado para los casos sencillos. Aquí indicas tu epígrafe de actividad, tu régimen de IVA y, si vas a trabajar con empresas de otros países de la UE, tu alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.
  2. Alta en el RETA. Se hace en la sede electrónica de la Seguridad Social (Import@ss), con certificado digital o Cl@ve. Indicas tu previsión de rendimientos, eliges base y solicitas la tarifa plana si te corresponde.
  3. Organiza tus obligaciones periódicas. Facturas, libros de ingresos y gastos, declaraciones trimestrales de IVA y, en muchos casos, el pago fraccionado del IRPF.

Si vas a trabajar con clientes de fuera, lee antes cómo facturar a clientes extranjeros desde España, porque condiciona lo que marcas en el 036.

¿Y si no me doy de alta?

Trabajar de forma habitual sin estar de alta tiene consecuencias si la Seguridad Social lo detecta:

  • Te pueden dar de alta de oficio con efectos retroactivos y reclamar las cuotas atrasadas con recargos.
  • Puede haber sanción administrativa.

Y no es difícil que lo detecten: por la normativa DAC7, las plataformas digitales, como Fiverr, comunican a la Agencia Tributaria los datos y los importes de sus vendedores. Lo explicamos en cómo declarar a Hacienda lo que ganas por internet.

Además, Hacienda y la Seguridad Social son obligaciones distintas. Aunque no estés de alta en el RETA, lo que ganes hay que declararlo en la renta.

Casos en los que puede que no tengas que darte de alta

  • Trabajas por cuenta ajena para una empresa en remoto. Si tienes contrato laboral, aunque sea teletrabajo, cotiza la empresa. Si buscas este tipo de empleo, mira los portales de empleo de teletrabajo en España.
  • Un trabajo puntual y aislado. Un encargo esporádico sin continuidad difícilmente se considera habitual, aunque debes declararlo en la renta.
  • Encuestas pagadas y pequeños premios. No suelen considerarse actividad económica, pero sí tributan. Lo vemos en encuestas pagadas: ¿merecen la pena?
  • Vender cosas usadas de casa. Deshacerte de lo que ya no usas no es una actividad económica. Comprar para revender, sí.

Si estás en una zona gris, la mejor inversión es una consulta con un gestor o graduado social antes de empezar.

Preguntas frecuentes

¿Si gano menos del salario mínimo estoy exento?

No de forma automática. Superar el SMI fue un indicio que usó el Tribunal Supremo en 1997, pero no es un umbral legal. Si tu actividad es habitual, la obligación existe aunque ganes menos, y por eso la tabla de cuotas tiene un tramo para rendimientos de hasta 670 euros al mes.

¿Cuánto pagaré de autónomo si gano poco?

El primer año, con la tarifa plana, unos 80 euros al mes más el MEI. Sin tarifa plana, la cuota mínima del tramo más bajo ronda los 206 euros al mes en 2026, y la regularización posterior ajusta lo pagado a tus rendimientos reales.

¿Puedo trabajar por cuenta ajena y ser autónomo a la vez?

Sí, es el pluriempleo o pluriactividad. Cotizas en ambos regímenes. En algunos casos puedes pedir la devolución de parte de lo cotizado si superas ciertos límites; consúltalo con la Seguridad Social.

¿Tengo que darme de alta en Hacienda y en la Seguridad Social?

Sí, son dos trámites distintos: el modelo 036 en Hacienda y el alta en el RETA en la Seguridad Social. Hay que hacer los dos antes de empezar.

¿La cuota cambia si mis ingresos varían a lo largo del año?

Puedes cambiar de tramo durante el año. Y aunque no lo hagas, la regularización anual ajusta lo pagado a tus rendimientos reales.

Esta guía ofrece información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Para tu caso concreto, consulta con un gestor o graduado social.

Fuentes

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