Tarifa plana de autónomos: requisitos, cuantía y cómo pedirla

La tarifa plana de autónomos es una cuota reducida para quien empieza: la Seguridad Social la fijó en 80 euros al mes durante los primeros 12 meses, más una pequeña cantidad por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Se puede alargar otros 12 meses si tus rendimientos netos quedan por debajo del salario mínimo, que en 2026 es de 17.094 euros al año. Para pedirla no tienes que haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores (tres, si ya la disfrutaste) y tienes que solicitarla en el mismo momento del alta. Si se te pasa, la pierdes. Te explicamos requisitos, cuantía, prórroga y los fallos que más se repiten.
Qué es la tarifa plana de autónomos y dónde está regulada
El nombre oficial es cuota reducida por inicio de actividad y está en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo. Desde 2023, con el sistema de cotización por ingresos reales, sustituyó a las antiguas tarifas planas de 50 y 60 euros.
Durante el periodo de cuota reducida cotizas por contingencias comunes y profesionales, pero estás exento de cotizar por cese de actividad y por formación profesional. Tiene una consecuencia que poca gente conoce: esos meses no suman para el «paro» del autónomo, porque solo cuentan las cotizaciones por cese efectivamente hechas. Lo vemos en ¿tiene un autónomo derecho a paro?
Requisitos de la tarifa plana autónomos
- Alta inicial o sin alta reciente: que sea tu primera alta como autónomo o que no hayas estado de alta en el RETA en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de efectos de la nueva alta.
- Tres años si repites: si ya disfrutaste antes de esta reducción, el periodo sin alta tiene que ser de 3 años.
- Pedirla al darte de alta: la ley dice que debe solicitarse en el momento del alta. No se aplica de oficio.
- No ser familiar colaborador: la reducción no se aplica a los familiares del autónomo dados de alta como colaboradores, que tienen su propia bonificación (la explicamos en autónomo colaborador).
Si arrastras deudas con la Seguridad Social de una etapa anterior como autónomo, resuélvelas antes del alta: las deudas pueden darte problemas para acceder a reducciones y prestaciones.
Cuánto se paga: 80 euros más el MEI
La Seguridad Social establece una cuota reducida de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses. A esa cantidad se suma la cotización por el MEI (un 0,90 % en 2026), así que el cargo real queda unos euros por encima de 80.
Un matiz para 2026: el Real Decreto-ley 13/2022 fijó expresamente los 80 euros para 2023, 2024 y 2025, y dejó la cuantía de los años siguientes en manos de la Ley de Presupuestos de cada año. La página informativa de la Seguridad Social recoge los 80 euros (referidos a 2023-2025) y no publica una cifra distinta para 2026, ya que no se han aprobado nuevos Presupuestos. Comprueba el importe exacto en Import@ss cuando tramites el alta.
| Situación | Primer periodo | Prórroga posible | Condición de la prórroga |
|---|---|---|---|
| Caso general | 12 meses de cuota reducida (80 €) | 12 meses más | Rendimientos netos anuales previstos por debajo del SMI (17.094 € en 2026) |
| Discapacidad igual o superior al 33 %, víctimas de violencia de género o de terrorismo | 24 meses de cuota reducida (80 €) | 36 meses más, con cuota de 160 € | Rendimientos netos previstos por debajo del SMI |
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La prórroga del segundo año
Pasados los 12 primeros meses, puedes mantener la cuota reducida otros 12 si prevés que tus rendimientos netos de ese año quedarán por debajo del salario mínimo interprofesional anual. Hay tres cosas que tener claras:
- No es automática. Hay que solicitarla antes de que empiece el segundo periodo, con una declaración de que tus rendimientos previstos estarán por debajo del SMI.
- Sí se regulariza. El primer año de cuota reducida no se regulariza, ganes lo que ganes. El segundo, sí: si al final tus rendimientos superan el SMI, la Seguridad Social te reclamará las cuotas que dejaste de pagar ese año.
- Si abarca dos años naturales, la condición de ingresos tiene que cumplirse en cada uno.
Ejemplo: Nuria (ejemplo ficticio) se dio de alta en noviembre de 2025 como redactora freelance en Logroño y pidió la tarifa plana. En octubre de 2026, antes de cumplir el año, calcula que en 2026 tendrá unos rendimientos netos de 11.000 euros, por debajo de los 17.094 del SMI. Solicita la prórroga. Si en la declaración de la renta sus rendimientos acaban siendo de 19.000 euros, le reclamarán la diferencia de cuota de los meses de prórroga de ese año.
Cómo pedir la tarifa plana paso a paso
- Alta en Hacienda con el modelo 036. Antes de empezar la actividad. Lo explicamos en ¿tengo que darme de alta como autónomo para trabajar por internet?
- Alta en el RETA por Import@ss, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Marca la solicitud de la cuota reducida por inicio de actividad en el mismo trámite del alta. Es el paso que no puedes saltarte.
- Indica tu previsión de rendimientos y la mutua con la que cubrirás las contingencias.
- Revisa la resolución. Comprueba que aparece la reducción y que el primer cargo es el esperado.
- Apunta la fecha para pedir la prórroga, unos meses antes de cumplir el primer año.
Cuándo se pierde la tarifa plana
- Si te das de baja durante el periodo. El artículo 38 ter dice que el derecho se extingue si causas baja en cualquiera de los dos periodos. Antes de cerrar aunque sea unos meses, lee cómo darse de baja como autónomo.
- Si renuncias. Puedes renunciar, con efectos desde el primer día del mes siguiente a la comunicación.
- Si no pides la prórroga a tiempo o tus rendimientos superan el SMI.
- Si no la solicitaste al darte de alta. Es el caso más frustrante: no se puede pedir después.
Qué pasa cuando se acaba
Al terminar la cuota reducida, pasas al sistema normal: cotizas según tus rendimientos netos, en uno de los 15 tramos de la tabla. En 2026, la cuota mínima sin reducciones va de unos 206 euros en el tramo más bajo a unos 607 en el más alto. Tienes la tabla completa en cuota de autónomos 2026.
El salto puede ser grande. Ejemplo: Daniel (ejemplo ficticio), fotógrafo en Cáceres, pagaba algo más de 80 euros con la tarifa plana. Al acabar, sus rendimientos rondan los 1.400 euros al mes y le corresponde el tramo 2 de la tabla general, con una cuota mínima de unos 302 euros. Si no lo hubiera previsto, el mes 13 le habría descuadrado las cuentas. Reservar cada mes la diferencia durante el periodo de tarifa plana es una buena costumbre.
Ayudas autonómicas y municipales compatibles
Además de la tarifa plana estatal, varias comunidades autónomas y ayuntamientos tienen ayudas propias que pagan parte de la cuota durante un tiempo o subvencionan el inicio de la actividad. Cambian cada año y tienen plazos cortos, así que revisa la web de empleo de tu comunidad y de tu ayuntamiento antes de darte de alta.
Hay también reducciones específicas para territorios concretos. Por ejemplo, la Seguridad Social recoge una cuota única de 80 euros durante 36 meses para quienes se dieron de alta en 2023 y desarrollan toda su actividad en Cuenca, Soria o Teruel, incompatible con la tarifa plana general.
Si todavía estás valorando si te compensa empezar como autónomo, nuestra guía de cómo trabajar por internet desde España te ayuda a ordenar opciones.
Preguntas frecuentes
¿La tarifa plana son exactamente 80 euros?
No del todo. A los 80 euros se suma la cotización por el MEI, que en 2026 es del 0,90 %, así que el recibo queda algo por encima. Comprueba la cifra exacta en Import@ss.
¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo hace años?
Sí, si no has estado de alta en los dos años anteriores. Si ya disfrutaste de la cuota reducida en tu etapa anterior, necesitas tres años sin alta.
¿La tarifa plana me da derecho a paro de autónomo?
Durante la cuota reducida estás exento de cotizar por cese de actividad, así que esos meses no cuentan para la prestación. Empezarás a acumular periodo para el cese cuando pases a la cuota normal.
¿Puedo solicitar la tarifa plana después de darme de alta?
No. La ley exige pedirla en el momento del alta. Por eso es tan importante revisar el formulario antes de enviarlo.
¿Se regulariza la tarifa plana con la renta?
El primer periodo de 12 meses no se regulariza. El segundo, sí: si tus rendimientos de ese año superan el SMI, te reclamarán la diferencia proporcional a los meses afectados.
Esta guía ofrece información general y no sustituye el asesoramiento profesional. Para tu caso concreto, consulta con un gestor o graduado social.
Fuentes
- BOE: Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo (artículo 38 ter)
- Seguridad Social: nuevo sistema de cotización para autónomos (tarifa plana)
- Seguridad Social: reducciones por inicio de actividad
- BOE: Real Decreto-ley 13/2022, nuevo sistema de cotización de autónomos
- BOE: Real Decreto 126/2026, salario mínimo interprofesional para 2026
- Seguridad Social: Import@ss
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